Guía de servicios y tarifas
Esta guía explica a qué se dedica nuestro despacho, cómo se desarrolla cada encargo, cuándo vencen los principales plazos y cuánto cuestan nuestros servicios. Es un documento de consulta: no hay nada que rellenar ni que devolver. Los honorarios y las fechas que figuran a continuación son orientativos; los importes que nos vinculan son los recogidos en su contrato de servicios firmado.
Sección 1 — Servicios que ofrecemos
Fiscalidad de personas físicas
- Declaración de la renta (modelo 100) y todos sus anexos
- Declaraciones autonómicas y de no residentes (modelo 210), incluidos los repartos entre territorios
- Cálculo de los pagos fraccionados trimestrales (modelos 130 y 131) y planificación de retenciones
- Solicitudes de aplazamiento, declaraciones complementarias y rectificativas y regularización de ejercicios anteriores
- Declaraciones de entidades en atribución de rentas (modelo 184) y reparto a los socios
- Impuesto sobre Sociedades (modelo 200) y pagos a cuenta (modelo 202)
- Análisis de la forma jurídica, altas y modificaciones censales (modelos 036 y 037) y estudios de retribución de administradores
- Depósito de cuentas anuales y legalización de libros en el Registro Mercantil
Contabilidad y cierre mensual
- Clasificación de asientos y conciliación bancaria y de tarjetas
- Estados financieros mensuales o trimestrales: pérdidas y ganancias, balance y flujo de caja
- Revisión del plan de cuentas y corrección de saldos de apertura en encargos nuevos
- Seguimiento de cuentas a pagar y a cobrar y preparación del modelo 347
- Alta de nóminas, elaboración de los recibos y gestión de las transferencias
- Seguros sociales, retenciones del trabajo (modelo 111) y comunicaciones al SEPE
- Resúmenes anuales (modelos 190 y 180) y certificados de retenciones
- Alta en el IVA, análisis de operaciones intracomunitarias y presentación de los modelos 303, 349 y 390
- Proyecciones fiscales a mitad y a final de año con recomendaciones escritas de planificación
- Previsión de tesorería, presupuestos y revisión de precios
- Estructuración de planes de pensiones y de la retribución de los socios
- Respuesta a requerimientos de la Agencia Tributaria y de las haciendas autonómicas y representación en comprobaciones e inspecciones
Sección 2 — Cómo se desarrolla un encargo
- Consulta inicial. Nos reunimos 30 minutos, sin coste, para entender su situación y confirmar que encajamos.
- Alta. Usted completa un breve formulario para que recojamos los datos de la entidad, el histórico declarativo y los servicios que desea.
- Contrato de servicios. Le enviamos por escrito el alcance y los honorarios. El trabajo empieza cuando ambas partes lo firman.
- Solicitud de documentación. Le enviamos una lista con exactamente lo que necesitamos y usted la sube al portal seguro.
- Preparación y revisión. Preparamos el trabajo y un segundo revisor lo comprueba antes de que salga del despacho.
- Su revisión. Le explicamos el borrador, resolvemos sus dudas y hacemos las correcciones necesarias.
- Presentación y entrega. Usted firma la autorización, presentamos la declaración y recibe las copias definitivas junto con el calendario de pagos.
- Seguimiento. Le contactamos al terminar la campaña con propuestas de planificación para el año siguiente.
Sección 3 — Calendario fiscal
Los plazos que vencen en sábado, domingo o festivo se trasladan al siguiente día hábil.
| | Documentación que necesitamos |
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| Autoliquidaciones del cuarto trimestre: modelos 303, 130 y 111 | |
| Resúmenes anuales de retenciones: modelos 190 y 180 | |
| Modelo 347 — declaración anual de operaciones con terceros | |
| Modelo 720 — declaración de bienes y derechos situados en el extranjero | |
20 de abril / 20 de julio / 20 de octubre | Autoliquidaciones trimestrales de IVA, IRPF y retenciones | |
| Fin de la campaña de la declaración de la renta (modelo 100) | |
| Impuesto sobre Sociedades del ejercicio anterior (modelo 200) | |
| Ventana de planificación de cierre: última oportunidad de actuar antes de que termine el ejercicio | |
Los importes reflejan encargos habituales. La complejidad —varias comunidades autónomas, rentas de alquiler o de inversión, contabilidad desordenada, presentaciones fuera de plazo— acerca los honorarios al extremo superior de la horquilla. Su contrato de servicios recoge los honorarios que realmente se le aplican.
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Declaración de la renta (modelo 100) | Tarifa fija por declaración | 10 días hábiles desde que el expediente está completo |
Cada declaración autonómica o de no residentes adicional | Tarifa fija por declaración adicional | Se presenta junto con la declaración principal |
Impuesto sobre Sociedades (modelo 200) y cuentas anuales | Tarifa fija, presupuestada tras revisar la contabilidad | 15 días hábiles desde que el expediente está completo |
| Cuota mensual por tramos según el volumen de asientos | Cierre antes del día 15 del mes siguiente |
| Cuota base por remesa más un importe por trabajador | Dos días hábiles antes de cada fecha de pago |
Presentación de IVA (modelos 303, 349 y 390) | Tarifa fija por modelo y periodo de liquidación | Presentado dentro del plazo legal |
Asesoramiento, planificación y respuesta a requerimientos | Por horas o mediante un precio cerrado acordado de antemano | Se programa al aceptar el presupuesto |
Tramitación urgente dentro de los 5 días hábiles previos al plazo | Recargo sobre la tarifa base, comunicado antes de empezar | |
Sección 5 — Facturación, provisiones y plazos
- El trabajo de declaraciones se factura con una tarifa fija acordada antes de empezar. La mitad se factura al firmar el encargo y el resto al entregar el borrador.
- La contabilidad y las nóminas recurrentes se facturan mensualmente por anticipado y pueden domiciliarse o pagarse con tarjeta.
- El asesoramiento se descuenta de una provisión de fondos. Informamos de las horas consumidas y solo reponemos la provisión con su autorización por escrito.
- Las facturas vencen a los 14 días de su emisión. Las declaraciones solo se presentan una vez liquidado el saldo.
- El plazo empieza a contar cuando su expediente está completo, no cuando llega el primer documento. Lo que falte detiene el reloj.
- Si no podemos cumplir un plazo con la información disponible, solicitamos una prórroga válida. Una prórroga retrasa la presentación, nunca el pago.
- Cualquier cambio de alcance se presupuesta por escrito y nunca aparece como una línea sorpresa en la factura.
Sección 6 — Cómo trabajar con nosotros
- Los correos se responden en un día hábil fuera de campaña y en dos días entre abril y junio.
- Envíe la documentación por el portal seguro. Por favor, no remita documentos fiscales ni números de identificación por correo electrónico.
- Avísenos cuanto antes si cambia de comunidad autónoma, constituye una sociedad, compra o vende un inmueble, se casa, tiene un hijo o realiza una operación puntual de importe elevado.
- Remítanos toda notificación de la Agencia Tributaria o de la hacienda autonómica el mismo día en que la reciba, con el sobre incluido: casi todas tienen un plazo de respuesta muy corto.
- Conservamos la documentación del encargo durante siete años y le devolvemos sus originales cuando lo solicite.
Esta guía contiene información general sobre nuestro despacho y no constituye asesoramiento fiscal ni jurídico para un caso concreto. Póngase en contacto con nosotros para comentar su situación.